Comunicado
Por Corporación Solidaridad Jurídica
La Corporación Solidaridad Jurídica, organización defensora de derechos humanos, emite denuncia pública ante los organismos de derechos humanos y ante la comunidad nacional e internacional contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario de Colombia (INPEC),por la muerte del prisionero político de las FARC-EP Ramiro Úsuga, con TD 5316, quien se encontraba recluido en el patio # 1 del EPAMSCAS COMBITA, y producto de una súbita caída desde la plancha de dicho patio el día 10 del mes de septiembre del año en curso, sufre constantes dolores de cabeza y desmayos, lo cual sugiere que por una omisión médica oportuna se ocasiona el inadvertido fallecimiento el día 14 de septiembre en la ciudad de Tunja, según denuncian los demás prisioneros.
ANTECEDENTES
En días pasados, el prisionero político Ramiro Usuga, con TD 5316, presentó un aparente e intempestivo accidente que ocasionó un cuadro de salud bastante delicado. Los dolores agudos de cabeza, mareaos y eventuales desmayos por una caída de lo alto de la plancha donde estaba recluído, fueron frecuentes durante todo el fin de semana.
El INPEC, no atendió a tiempo la grave situación que padecía el prisionero e hizo caso omiso a los múltiples desmayos y padecimientos del interno, teniendo el deber y obligación de atender de manera inmediata dicha emergencia.
HECHOS
El día 10 de septiembre de 2015, el prisionero político Ramiro Usuga, con TD 5316, cae desde la plancha donde estba recluido, pasan exactamente 4 días donde a pesar de los dolores recurrentes del interno no le es brindada la atención mínima requerida.
Hoy 14 de septiembre de 2015 nuestra Corporación recibió una llamada de un compañero del patio de Ramiro quien nos comunicó que aproximadamente a las 9:30 am el interno sufrió un nuevo desmayo, esta vez la caída le produjo un trauma en el rostro y cabeza. Sus compañeros inmediatamente acudieron a él, llevándolo a la enfermería. Una vez en la enfermería el prisionero Político Ramiro Usuga fue trasladado a un centro especializado en la ciudad de Tunja, donde lamentablemente falleció según la versión de familiares y compañeros de patio.
CONSIDERACIONES DE DERECHO
Al omitir la atención médica adecuada y oportuna del prisionero Ramiro Usuga, se le ha vulnerado su dignidad humana y los derechos fundamentales a la integridad personal y a la vida.
El Estado Colombiano, a través del INPEC, violó la Constitución Política de Colombia, en sus artículo 1º (dignidad humana), 11 (vida), 12 (prohibición de tratos y penas crueles), y también el bloque de constitucionalidad (art. 93 y 94) en relación con los tratados internacionales que en materia de Derechos Humanos ha suscrito y ratificado y que lo obligan a proteger la dignidad, vida e integridad personal de todas las personas que habitan en el territorio Colombiano; con especial medida a las personas privadas de la libertad, quienes se encuentran bajo su responsabilidad en razón a la relación especial de sujeción, desconociendo sentencias emitidas por la Corte Constitucional en favor de la población reclusa como la T-490/04, T-705 de 1996, C-184 de 1998 T-881 de 2002, T-023 de 2003 y T-603 de 2003.
El Estado Colombiano conserva su violencia institucional mediante el accionar de omisión de garantía del derecho a la salud a los prisioneros políticos que en casos como el del prisionero político Ramiro Úsuga, ocasiona la muerte, constituyendo una violación grave a los derechos humanos, situación que la Corporación Solidaridad Jurídica ha denunciado en reiteradas ocasiones y que constituye PENA DE MUERTE DE FACTO CONTRA LAS Y LOS PRISIONEROS POLÍTICOS.
PETICIONES
1. A la Fiscalía General de la Nación-
Unidad de Derechos Humanos: Iniciar investigación penal contra el Director del EPAMSCAS COMBITA, y los funcionarios de sanidad y de guardia que durante los últimos días tuvieron contacto con el prisionero político Ramiro Úsuga, e incurrieron en homicidio por omisión al deber de protección.
2. A la Procuraduría General de la Nación-
Asuntos Penitenciarios: Iniciar investigación penal y disciplinaria contra el Director del EPAMSCAS COMBITA, DR. JORGE ALBERTO CONTRERAS GUERRERO. Igualmente contra los funcionarios de sanidad y de guardia que con la omisión de protección del prisionero político Ramiro Úsuga, violaron los derechos humanos e incurrieron en falta gravísima.
3. A la Defensoría del Pueblo:
Realizar visita de verificación de los hechos, objeto de la presente denuncia, e intervenir para que se tomen los testimonios de los reclusos y se impulsen las investigaciones penales y disciplinarias contra los responsables y se tomen medidas que garanticen los derechos humanos de los prisioneros políticos EPAMSCAS COMBITA, departamento de Boyacá ciudad de Tunja Kilometro 17 Vía Tunja- Paipa “Vereda San Martín”.
4. A la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:
Realizar una visita in loco a las prisiones colombianas para que VERIFIQUE las condiciones a las que son sometidas y sometidos los prisioneros políticos, así mismo, que conmine al Estado Colombiano a garantizar un proceso judicial transparente para que se sancionen a los responsables de las violaciones a los derechos humanos cometidas contra el prisionero político Ramiro Úsuga y que produjeron su muerte.
ALERTAMOS
De igual manera alertamos al director Nacional del INPEC, BG JORGE LUIS RAMÍREZ ARAGON y al Director del EPAMSCAS COMBITA, DR. JORGE ALBERTO CONTRERAS GUERRERO, ante otros casos de salud, que de no ser atendidos de inmediato, pueden correr con la suerte del prisionero político Ramiro Úsuga.
Reiteramos la necesidad de establecer una reunión de carácter urgente con las directivas del establecimiento, los voceros de los prisioneros políticos, las instituciones de control delegados de la ONU y delegado de nuestra organización para aclarar las circunstancias en las que se presentaron estos lamentables hechos.
RECHAZAMOS LA PENA DE MUERTE en Colombia y por tanto EXIGIMOS AL ESTADO COLOMBIANO el respeto del derecho a la VIDA y demás DERECHOS HUMANOS DE LAS Y LOS PRISIONEROS POLÍTICOS.
Solicitamos a la comunidad nacional e internacional y a los medios de comunicación, difundir la presente denuncia y emitir sus pronunciamientos de respaldo.
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