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LOS PRISIONEROS POLÍTICOS COMO VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO

Análisis
Tomado de Solidaridad Jurídica
 






Sobre este espinoso tema es bueno remontarnos a la historia para que ella aclare la naturaleza del delito político así como su desnaturalización. Nos es oportuno con uno de los primeros alzamientos dado por los criollos y mestizos contra la colonia española, donde las mismas fueron catalogadas de sediciosas o simplemente tratados como simples delito de lesa magestad. Como ejemplo tenemos el levantamiento de los comuneros en el año de 1781 liderado en gran parte por José Antonio Galán. Es de recordar que derrotado este levantamiento, los tribunales y oidores de la real audiencia lo condenaron por rebelión, sedición, enfrentamiento atrevido contra el poder colonial, con el nefasto resultado del asesinato y desmembramiento de los condenados para imprimir miedo a todo aquel que pensara y actuara diferente a la corona.

En ese mismo orden, las constantes persecuciones, encarcelamientos, destierros contra la humanidad de Antonio Nariño por el sólo hecho de traducir la declaratoria de los derechos del hombre y del ciudadano, o sea, siempre fue un perseguido político. Del llamado grito de independencia, los rebelados contra la corona en armas eran juzgados y sentenciados por tribunales y condenados a muerte por el delito de Lesa Magestad.

Ya para los años siguientes años, los levantamientos en armas eran tratados y condenados a muerte por el mismo delito. Ya para el año de 1830 Santander, llamado el hombre de las leyes, junto al Consejo de Estado comenzaron a dar vida al primer código penal en Colombia y definieron la rebelión como “el levantamiento o insurrección de una porción más o menos numerosa de súbditos de la República que se alzan contra el gobierno supremo constitucional de la nación, negándole la obediencia debida o procurando sustituirlo o haciéndole la guerra con las armas”. Este delito fue catalogado como traición e infamia y a los autores se les condenaba a muerte.

El levantamiento en armas contra los regímenes espurios y tiránicos no es otra cosa que una de las vías como única alternativa para que se le reconozcan al adversario sus derechos que le han sido excluidos de los escenarios políticos, económicos, sociales, económicos, culturales, raciales, etc., etc., del país.

Es así, que a fines del siglo XIX, Miguel Antonio Caro y Rafael Nuñez utilizaron el llamado proyecto regenerador excluyendo al opositor político y arremetiendo su persecución a toda forma de protesta social, todo ello devenido de la religión católica con su denominada senda “orden y las buenas costumbres”. Bajo este postulado, los señores mencionados emitieron la famosa “ley de los caballos”, la cual limitaba drásticamente la libertad de expresión, el derecho de organización, todo como un mecanismo para amordazar al adversario político, dejando así para los últimos, nada más que la vía del levantamiento armado.

En los años subsiguientes, los lineamientos regeneradores fueron los postulados fundamentales del establecimiento como política de Estado, que sólo tiene un cambio con la abolición de la pena de muerte bajo el acto legislativo No. 3 de 1910, del resto, todo quedó igual, con un agravante de la hegemonía conservadora.

Llevando este orden de ideas es importante traer a colación cómo el establecimiento sofocó la movilización social de la naciente clase obrera de la huelga bananera de 1928, culminada con una masacre el 6 de diciembre de ese mismo año. Este ignominioso acto hasta nuestros días ha pasado a engrosar la impunidad. Pero contrastando esto, a los sobrevivientes de esta masacre, los enjuiciaron bajo los delitos de sedición y rebelión por su participación en la lucha sindical y obrera.

El código penal de 1936 definió la rebelión como: “alzamiento en armas para derrocar al gobierno nacional legalmente constituido o para cambiar o suspender en todo o en parte, el régimen constitucional existente en lo que se refiere a la formación, funcionamiento y renovación de los poderes públicos y órganos de la soberanía”.

Después del asesinato del caudillo liberal Jorge Eliécer Gaitán el 9 de abril de 1948, magnicidio hoy como muchos en la impunidad, comienzan a juzgar a los rebeldes por delitos de asociación para delinquir, dejando con ello de lado la esencia del ser rebelde. Esto se eliminó con la amnistía de 1954, pero por otro lado, la permanente aplicación del estado de sitio con el fin de reestablecer, según sus palabras, el control social.

Los años subsiguientes no fueron ni han sido los mejores para el opositor político y menos para quienes caemos en manos del régimen. Es así que cada gobierno, bajo la fachada de la legalidad y la legitimidad devenida de su llamada democracia dictan leyes y acuñan todo tipo de términos a su antojo y acomodo. Es así como el gobierno de turno de Alfonso López Michelsen creó normas bajo triquiñuelas cometiendo todo tipo de arbitrariedades en contra de campesinos, estudiantes, obreros, etc., los cuales tuvieron su máxima expresión en el Paro Cívico Nacional del 14 de septiembre de 1977.

Pero la lucha no paró allí sino todo lo contrario ya que crece el descontento social así como el incremento de las luchas sociales y populares, al igual que la armada. Por ello el gobierno entrante de Julio César Turbay toma una serie de medidas represivas en contra del opositor político teniendo como su máxima expresión “el estatuto de seguridad”, el cual no era otra cosa que las desapariciones, detenciones arbitrarias, torturas, persecuciones a los activistas populares, así como a sectores críticos, generando una gran crisis de derechos humanos en el país.

Aunado a ello se da como prerrogativa la justicia penal militar para investigar y juzgar durante los períodos de estado de sitio, determinados delitos cometidos por civiles. Por ello los jueces militares tenían competencia para juzgar cerca del 30% de todo tipo de delitos, pues los autorizaba el código penal en los cuales estaba contenida la rebelión, sedición y asonada. Y como perla mayor, el juez era el comandante mayor de la unidad militar. Vocal, jueces de audiencia y asesor jurídico, todos eran subalternos del primero, violando con ello el principio al debido proceso y de defensa real.
Lo maquiavélico y perverso de dicho estatuto de seguridad, como fue la ampliación del fuero militar para juzgar civiles, aparte de la calificación de terroristas a toda manifestación de lucha popular fue que la denominaran “asociación para delinquir”, desfigurando con ello la esencia del delito político para lo cual es importante citar un artículo del doctor Carlos Lozano Guillén, el cual reza: “es evidente que para la ejecución de un delito político es preciso que la mayoría de los casos cometer delitos conexos con el delito político y sería absurdo que por esos delitos conexos sojuzgara al delincuente político con un criterio diferente al de la categoría de delincuente a que ellos pertenecen”.

Colombia está sumida en una belicosidad amparada por los sucesivos gobiernos. De allí que toda forma de protesta social y popular ha sido brutalmente reprimida creando delitos punitivos como privación física de la libertad a quienes “perturben el orden público y alterar el pacífico desarrollo de las actividades sociales”, cometiendo así el establecimiento el más descarado terrorismo de Estado llevando a la legislación al punto de catalogar al pueblo como enemigo interno. Todo ello asimilado de la doctrina de seguridad nacional o guerra preventiva, donde no hay distingo entre combatiente armado y cualquier nacional cercano a él.

Nosotros, así como gran parte de los colombianos tenemos memoria histórica, además hemos vivido la más cruel y descarada realidad del conflicto colombiano en carne propia y no como victimarios sino como víctimas y no como generadores de violencia sino como surgidos como respuesta a la violencia estatal. Por ello es bueno recordar cómo el embajador de los Estados Unidos en Colombia, en una afrenta a nuestra soberanía patria, así como a nuestro legítimo derecho a luchar por lo que nos pertenece, nos acuñó el señor Lewis Tamb, en el año de 1986, el remoquete de narco-guerrilla e igualmente, después de los atentados de las torres gemelas en los Estados Unidos, todos los procesos en contra de los rebeldes fueron además de rebelión, el de terrorismo. Todo esto con el fin de mantener tras las rejas al opositor político.

Por ello a partir del llamado Plan Colombia como modelo de lucha anti-subversiva se modernizaron y re-potenciaron las fuerzas militares en todo sentido, continuando la represión a granel contra toda forma de inconformidad popular con la llamada política de seguridad democrática y el estatuto comunitario con el sofisma de que “la principal amenaza contra la seguridad y el establecimiento del Estado y la democracia colombiana es el terrorismo, el cual incluye a todos los grupos armados irregulares que de manera expresa acuden a la violencia, acuden al terror para intimidar a los ciudadanos y para tratar de instrumentar sus propósitos”.

Igualmente la implementación de las zonas especiales de rehabilitación y consolidación, aprobación del estatuto anti-terrorista y una ley de alternatividad penal, todo encaminado a controlar las áreas de influencia guerrillera, así como capturar a las personas civiles consideradas como redes de apoyo a las estructuras subversivas. ¿Cuántas personas no cayeron a las cárceles y vulnerándoseles todos sus derechos habidos y por haber? ¿Cuántos de éstos no fueron desaparecidos, masacrados y torturados después de salir de prisión, muchos de ellos comprobada su inocencia? ¿A cuántos de ellos el régimen les ha aceptado como víctimas de crímenes y terrorismo de Estado?
Hoy por hoy padecemos los mismos embates. Tanto es que se aprobaron estatutos de seguridad ciudadana, criminalizando aún más la protesta social, hacinando de luchadores sociales y populares las ignominiosas cárceles, aunado a un total confinamiento, al tedio y al olvido.

Es de anotar que los luchadores sociales y populares no somos delincuentes ni terroristas, somos luchadores sociales, contrario a lo que pretenden hacernos ver, ya que nuestro inalienable e indiscutible de luchar por un país con justicia social, soberanía, equidad e igualdad, siguen y seguirán incólumes, ya que las razones, así como las causas que generaron nuestro alzamiento siguen hoy más vigentes.

Además, los sucesivos gobiernos títeres de turno “buscan la fiebre del enfermo en las sábanas”. Ahora bien, si tenemos presente la pequeña narrativa, podemos hacernos a una idea pormenorizada del tamaño de las dificultades que hemos tenido que afrontar los que nos hemos enfrentado al régimen, ya sea en armas o sin ellas.

Aunado a ello es que el sistema no quiere cambios estructurales y trascendentales, sino quieren por todos los medios represivos mantener su Statu Quo. Todo ello deriva que los luchadores sociales y populares seamos víctimas del Terrorismo de Estado, ya sea por acción u omisión del Estado. Y qué decir, de la ley positiva de este país, no es más que “letra muerta” o simplemente creada para “los de ruana”.

Hoy Colombia, recientemente reconocida por Juan Manuel Santos, vive un conflicto político, social y armado reconocimiento que no recoge la desnaturalización del delito político, pero ya es un avance para la solución a la grave crisis que vive el país y que a su vez abre la discusión sobre dos temas trascendentales para la firma de un proceso de paz, como es la amnistía e indulto.

Desde esta visión, es sumamente importante, así como una necesidad imperiosa que los prisioneros políticos y de guerra en cárceles colombianas como del extranjero sean también catalogados como víctimas del conflicto armado que padece Colombia por más de 50 años, ya que esto ayudaría a una verdadera reconstrucción y reconciliación entre los colombianos así como el esclarecimiento de la verdad real como fuente de justicia y de reparación. Dejar por fuera a éstas víctimas sería re-victimizar a las víctimas que han padecido la más atroz de las guerras.

En Colombia, según las estadísticas hay más de 9.500 prisioneros políticos y de guerra, lo que demuestra lo difícil que es exponer las ideas en este país. De allí que vemos oportuno señalar algunos nombres de compañeros prisioneros políticos y de guerra que han sufrido todo el fragor de la guerra en campos y ciudades, así como en prisión. Es así que son los casos de Tulio Murillo Ávila, prisionero de guerra de las FARC, con discapacidad, enfermo y quien hizo proceso de ruptura. Actualmente está confinado en la cárcel de Cúcuta, Norte de Santander, Liliany Patricia Obando, prisionera política, víctima de montajes judiciales, así como víctima de fraude procesal y pocas, por no decir nulas garantías de un debido proceso. José Marbel Zamora Pérez, militante de la JUCO, orientado de PROVIVIENDA, fundador del grupo teatral máscaras y miembro de la UP, obligado por las persecuciones en su contra a tomar las armas y es hoy un prisionero político y de guerra de las FARC, confinado en la penitenciaría La Tramacúa de Valledupar, Cesar.

Así podemos proponer otros compañeros, los cuales más que exponer su vida y sufrimientos propios narrarían descarnadamente el dolor constante a que son sometidos más de 130.000 presos colombianos que viven en completo abandono estatal, vulnerándoseles toda clase de derechos, sometiéndolos a un hacinamiento de más del 56%, alejados de sus familias, sin garantías jurídicas y procesales, confinados al tedio, el olvido, sin oportunidades laborales, soportando un régimen netamente punitivo, con una campante corrupción y un abrumador desorden administrativo y judicial que solo tiene soluciones en la construcción de más cárceles para poner en detrimento una vez más el fisco nacional.

Además, los compañeros escogidos llevarán a la mesa con estadística el trato cruel e inhumano que tenemos que soportar los prisioneros políticos y de guerra tanto al momento de la captura como después de ella, ya que desde ese mismo instante, por el método prejuicioso de la rama judicial, ya estamos condenados de antemano y solo tenemos que limitarnos a esperar elevadas condenas por la misma desnaturalización del delito políticos.

Hoy las prisiones colombianas son unos depósitos de seres humanos, por ello los prisioneros políticos somos tratados de forma desigual, pues ya ni siquiera somos separados de los demás presos, llámense sociales, BACRIM o paramilitares, sumado a que no contamos con una debida atención en salud, ni tampoco un trato especial para los adultos mayores y qué decir, para las compañeras madres cabeza de hogar y en lactancia a las cuales el régimen les secuestra a sus hijos, privándolos de la libertad. ¿Qué delito cometió el bebé? ¿Por qué no dar beneficios jurídicos o penas alternativas sustitutivas de la prisión para los lisiados de guerra, enfermos terminales madres en lactancia y cabeza de hogar y adultos mayores? Esto lo podría dar el gobierno desde ya como muestra real de paz. Estos, así como otros temas serían llevados a la mesa de diálogos de La Habana por los prisioneros políticos y de guerra como víctimas del conflicto armado.

No podemos dejar pasar el ya acontecimiento donde ya en La Habana estuvieron una desertora de las FARC-EP, el general Mendieta, Aída Abella y otras treinta y tres víctimas de todo tipo, así que como prisioneros políticos no vemos impedimento de participar en dicha mesa para allí exponer los sufrimientos que padecemos los prisioneros políticos y de guerra víctimas del conflicto armado que nos encontramos pudriéndonos en cárceles colombianas y del exterior por el único y legítimo derecho de alzarnos contra regímenes espurios y tiránicos que nos cerraron todos los caminos del diálogo y la concertación como salida civilizada a la grave crisis económica, política y social que padece Colombia. Por tanto, no queremos que se nos cierre ese espacio sino que por el contrario se abra para así llegar al entendimiento bajo el principio del respeto, la tolerancia y la sindéresis.

PRISIONEROS POLÍTICOS DEL ERON PICOTA

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